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Indemnización por Retraso de Vuelo: Guía de Derechos y Reclamación

Indemnización por retraso o cancelación de vuelo: cómo reclamar hasta 600 €

Un vuelo retrasado o cancelado puede arruinar el comienzo de unas vacaciones, hacerte perder una conexión o dejarte varias horas esperando en un aeropuerto. Sin embargo, cuando ocurre una incidencia de este tipo, la aerolínea no siempre puede limitarse a ofrecerte una disculpa o un bono para otro viaje.

El Reglamento (CE) 261/2004 reconoce una serie de derechos para los pasajeros afectados por retrasos importantes, cancelaciones, denegaciones de embarque y determinados cambios operativos. Dependiendo de la ruta, la duración del retraso y la causa de la incidencia, puedes tener derecho a recibir asistencia, reembolso, transporte alternativo y una compensación económica de entre 250 y 600 euros por pasajero.

Esta guía explica cuándo puedes reclamar una indemnización por retraso o cancelación de vuelo, cuánto dinero te corresponde, qué documentos debes conservar y cómo presentar la reclamación directamente ante la aerolínea sin pagar comisiones a intermediarios.

También analizaremos las circunstancias extraordinarias, las conexiones perdidas, los vuelos comprados con Avios o millas, las diferencias entre reclamar por tu cuenta y recurrir a una empresa especializada, y qué hacer cuando la compañía rechaza o ignora tu solicitud.

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Actualizado en agosto de 2026 conforme al Reglamento (CE) n.º 261/2004 y a los criterios vigentes de AESA.

Pasajero consultando pantallas de vuelos retrasados en el aeropuerto para solicitar indemnizacion por retraso de vuelo.

En resumen: ¿cuándo puedes recibir hasta 600 €?

Puedes tener derecho a una compensación si llegas a tu destino final con tres horas o más de retraso, tu vuelo es cancelado con poca antelación o se te deniega injustificadamente el embarque, siempre que el Reglamento europeo sea aplicable y la incidencia no se deba a circunstancias extraordinarias que la aerolínea no hubiera podido evitar.

  • 250 €: vuelos de hasta 1.500 kilómetros.
  • 400 €: vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
  • 600 €: determinados vuelos de más de 3.500 kilómetros.

Importante: la compensación económica es independiente del derecho a comida, bebida, hotel, transporte alternativo o reembolso cuando correspondan.


¿Cuándo tienes derecho a una indemnización por retraso o cancelación?

Para saber si puedes reclamar, no basta con comprobar cuánto tiempo permaneció el avión en tierra. Debes analizar la hora de llegada al destino final, el origen y destino del vuelo, la aerolínea operadora y la causa concreta de la incidencia.

Como regla general, puede existir derecho a una compensación económica cuando se produce alguna de estas situaciones:

  • Llegas al destino final con tres horas o más de retraso.
  • La aerolínea cancela el vuelo y te informa con menos de catorce días de antelación.
  • Se te deniega el embarque contra tu voluntad, por ejemplo, por sobreventa de plazas.
  • Una conexión incluida en la misma reserva provoca que llegues al destino final con al menos tres horas de retraso.
  • El vuelo se adelanta de manera significativa y el cambio se considera equivalente a una cancelación.

En todos los casos deben cumplirse las condiciones territoriales del Reglamento (CE) 261/2004 y la aerolínea puede quedar exenta de pagar la compensación si demuestra que la incidencia se produjo por una circunstancia extraordinaria y que adoptó todas las medidas razonables para evitarla.

¿A partir de cuántas horas de retraso se paga una indemnización?

Para la compensación económica por gran retraso se toma como referencia la hora de llegada al destino final, no únicamente el retraso con el que despegó el avión.

Si el vuelo sale cuatro horas tarde pero recupera tiempo durante el trayecto y llega con dos horas y cuarenta minutos de retraso, normalmente no se alcanza el umbral de tres horas necesario para la compensación económica.

En cambio, si despega con dos horas de demora pero llega a su destino final tres horas y diez minutos después de la hora programada, sí se supera ese umbral.

¿Cuándo se considera que ha llegado el avión?

A efectos del retraso, la hora relevante no es necesariamente el momento en el que las ruedas tocan la pista. Se tiene en cuenta el momento en el que se abre al menos una de las puertas y los pasajeros pueden comenzar a abandonar el avión.

El retraso se calcula en el destino final

Cuando varios vuelos forman parte de una misma reserva, el retraso se mide respecto de la llegada al destino final indicado en el billete.

Por ejemplo, imagina este itinerario:

  • Madrid–París: llegada con 90 minutos de retraso.
  • París–Nueva York: conexión perdida.
  • Llegada final a Nueva York: cinco horas después de lo previsto.

Aunque el primer vuelo solo se retrasó una hora y media, la pérdida de la conexión hizo que el pasajero llegara a su destino final con cinco horas de demora. Si todos los trayectos estaban incluidos en una única reserva y se cumplen los demás requisitos, podría existir derecho a compensación.

La situación cambia cuando los billetes se compraron por separado. En ese caso, la segunda aerolínea puede considerar que el pasajero no se presentó a tiempo y normalmente no estará obligada a responsabilizarse por el retraso del vuelo anterior.

Tabla de cuantías de indemnización por retraso de vuelo según distancia en kilómetros según Reglamento Europeo 261/2004.


¿Qué vuelos están cubiertos por el Reglamento europeo?

El Reglamento (CE) 261/2004 no se limita a vuelos entre países de la Unión Europea. También puede aplicarse a determinadas rutas internacionales.

Ruta ¿Se aplica el Reglamento? Condición
Vuelo que sale de un aeropuerto de la UE Se aplica con independencia de la nacionalidad de la aerolínea operadora.
Vuelo que sale de Islandia, Noruega o Suiza Sí, en términos generales Estos territorios participan en el sistema europeo de derechos de los pasajeros.
Vuelo que llega a la UE desde un país tercero Sí, en determinados casos La aerolínea operadora debe ser una compañía comunitaria.
Vuelo de un país tercero a la UE operado por una aerolínea no comunitaria Normalmente no Podrían aplicarse las normas del país de origen u otras condiciones contractuales.
Vuelo completamente fuera del ámbito europeo Normalmente no Debe revisarse la legislación correspondiente a los países implicados.
Aplicación general del Reglamento (CE) 261/2004 según el origen, destino y aerolínea operadora.

Ejemplos de vuelos cubiertos y no cubiertos

Vuelo Aerolínea ¿Cubierto?
Madrid–Buenos Aires Iberia , porque sale de la Unión Europea.
Madrid–Buenos Aires Aerolínea no comunitaria , porque sale de la Unión Europea.
Buenos Aires–Madrid Iberia , porque llega a la UE y la opera una aerolínea comunitaria.
Buenos Aires–Madrid Aerolínea no comunitaria Normalmente no bajo el Reglamento europeo.
Madrid–Londres Cualquier aerolínea , porque sale de la Unión Europea.
Nueva York–Miami Cualquier aerolínea No bajo el Reglamento europeo.

La responsable es normalmente la aerolínea operadora

La reclamación debe dirigirse normalmente contra la compañía que operaba o debía operar el vuelo, aunque el billete se hubiera comprado en la web de otra aerolínea, una agencia de viajes o una plataforma de reservas.

En un código compartido, la compañía que aparece en el número de vuelo no siempre es la que realiza materialmente el trayecto. Revisa la reserva y busca la indicación “operado por”.

Por ejemplo, si compraste el billete en Iberia pero el vuelo indicaba “operado por British Airways”, la reclamación por la incidencia operativa debe presentarse normalmente ante British Airways.


Tabla de indemnizaciones: ¿cuánto dinero te corresponde?

La compensación se calcula principalmente según la distancia del vuelo. No depende del precio que pagaste por el billete, por lo que una tarifa económica, una promoción o un billete comprado con puntos pueden generar el mismo importe que un billete más caro si se cumplen los requisitos.

Distancia del vuelo Retraso en el destino final Compensación ordinaria
Hasta 1.500 km 3 horas o más 250 € por pasajero
Vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km 3 horas o más 400 € por pasajero
Otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 km 3 horas o más 400 € por pasajero
Vuelos de más de 3.500 km fuera de la UE 3 horas o más 600 € por pasajero
Importes generales de compensación previstos por el Reglamento (CE) 261/2004.

Atención con la reducción del 50 %

En determinadas cancelaciones o denegaciones de embarque, la aerolínea puede reducir la compensación a la mitad si ofrece un transporte alternativo y el pasajero llega dentro de ciertos límites respecto de la hora inicialmente prevista.

Por tanto, un vuelo de más de 3.500 kilómetros no genera automáticamente una compensación de solo 300 euros cuando llega entre tres y cuatro horas tarde. La aplicación de la reducción depende del supuesto concreto y del transporte alternativo ofrecido.

Ejemplos de indemnización por distancia

Ruta de ejemplo Distancia aproximada Retraso final Compensación posible
Madrid–París Menos de 1.500 km 3 h 20 min 250 €
Madrid–Berlín Más de 1.500 km dentro de la UE 3 h 15 min 400 €
Madrid–Estambul Entre 1.500 y 3.500 km 4 horas 400 €
Madrid–Nueva York Más de 3.500 km 5 horas 600 €
Barcelona–Buenos Aires Más de 3.500 km 4 h 30 min 600 €

Estos ejemplos presuponen que el Reglamento es aplicable, que la causa es imputable a la aerolínea y que no existe una circunstancia extraordinaria que permita excluir la compensación.

La compensación se paga por pasajero

Los importes de 250, 400 o 600 euros corresponden a cada pasajero afectado, no a cada reserva.

Si una familia de cuatro personas viaja en la misma reserva y cumple los requisitos para una compensación de 400 euros, la reclamación total podría alcanzar los 1.600 euros.

Los menores también pueden tener derecho a compensación si ocupaban una plaza y disponían de una reserva válida. La situación puede ser diferente para bebés que viajaban sin asiento propio y sin pagar una tarifa disponible al público.

¿Puedes reclamar si pagaste con Avios, millas o una promoción?

Sí. El hecho de haber reservado con Avios, millas o puntos no elimina automáticamente los derechos del pasajero.

El Reglamento puede aplicarse a billetes emitidos mediante programas de fidelización y a otras tarifas promocionales que estén disponibles directa o indirectamente para el público.

Por tanto, un billete premio de Iberia, British Airways, Air France, Lufthansa u otra compañía puede generar una compensación económica si cumple las mismas condiciones que un billete pagado íntegramente con dinero.


Compensación, reembolso y asistencia: no son lo mismo

Uno de los errores más frecuentes consiste en utilizar indistintamente las palabras indemnización, reembolso y asistencia. Son derechos diferentes y, según la incidencia, pueden coexistir.

Derecho ¿En qué consiste? Ejemplo
Compensación económica Importe fijo de 250, 400 o 600 euros por las molestias causadas. El vuelo llega con más de tres horas de retraso por una causa imputable a la aerolínea.
Reembolso Devolución del precio del billete cuando decides no viajar o el transporte deja de cumplir su finalidad. El vuelo se retrasa cinco horas y decides cancelar el viaje.
Transporte alternativo Reubicación en otro vuelo hasta el destino final. La aerolínea cancela el vuelo y te ofrece viajar esa misma tarde.
Derecho de atención o asistencia Comida, bebida, comunicaciones, hotel y traslados cuando resulten necesarios. Debes esperar hasta el día siguiente para tomar el vuelo alternativo.
Daños adicionales Perjuicios acreditables que pueden reclamarse por otras vías y bajo otras normas. Pérdidas económicas concretas derivadas de una incidencia.

Que una aerolínea te proporcione comida o alojamiento no elimina automáticamente tu derecho a recibir la compensación económica. Del mismo modo, recibir 250, 400 o 600 euros no impide reclamar el reembolso de gastos razonables que la compañía debía haber cubierto y no cubrió.


¿Cuándo tienes derecho a comida, bebida y hotel?

El derecho de atención puede comenzar antes de alcanzar las tres horas necesarias para una compensación económica.

La aerolínea debe ofrecer comida y bebida suficientes en función del tiempo de espera cuando se prevea un retraso de:

  • Dos horas o más en vuelos de hasta 1.500 kilómetros.
  • Tres horas o más en vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y en otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
  • Cuatro horas o más en los restantes vuelos.

También debe ofrecer la posibilidad de realizar dos comunicaciones, por ejemplo, llamadas telefónicas o mensajes electrónicos.

Hotel y transporte cuando debes pasar la noche

Si la salida alternativa se produce al día siguiente y es necesario pernoctar, la aerolínea debe proporcionar:

  • Alojamiento en un hotel.
  • Transporte entre el aeropuerto y el alojamiento.
  • Comida y bebida razonables durante la espera.

Si la compañía no ofrece asistencia y debes pagar tú mismo, conserva todas las facturas y justificantes. Los gastos deben ser necesarios, razonables y proporcionados a la duración de la espera.

No hagas gastos desproporcionados

La aerolínea puede discutir gastos excesivos o no relacionados con la incidencia. Si debes buscar alojamiento por tu cuenta, elige una opción razonable, guarda la factura completa y documenta que la compañía no te ofreció una alternativa adecuada.

La asistencia se mantiene aunque exista una circunstancia extraordinaria

Una circunstancia extraordinaria puede excluir la compensación económica, pero no elimina automáticamente el derecho a recibir atención mientras esperas ni las opciones de reembolso o transporte alternativo que correspondan.

Por ejemplo, si el vuelo se cancela debido a condiciones meteorológicas extremas, puede que la aerolínea no tenga que pagar 250, 400 o 600 euros. Sin embargo, deberá seguir ofreciendo asistencia y una solución para continuar el viaje o recuperar el precio del billete, según las circunstancias.

Tabla indemnización por retraso de vuelo o asistencia?


¿Qué ocurre si el retraso supera las cinco horas?

Cuando el retraso alcanza al menos cinco horas y decides no viajar, puedes solicitar el reembolso del coste íntegro del billete correspondiente a la parte del viaje no realizada.

También puede corresponder el reembolso de las partes ya realizadas si el viaje ha dejado de tener sentido respecto del plan inicial, además de un vuelo de regreso al punto de partida cuando resulte necesario.

Debes valorar cuidadosamente esta opción. Si aceptas el reembolso y decides no realizar el vuelo, normalmente no podrás reclamar después una compensación por haber llegado tarde al destino, puesto que finalmente no viajaste hasta ese destino.

Ejemplo

Tu vuelo Madrid–Roma tiene un retraso previsto de seis horas. El viaje era para asistir a una reunión que habrá terminado antes de tu llegada.

Puedes optar por no viajar y solicitar el reembolso. Si decides mantener el viaje y llegas con al menos tres horas de retraso, podrías analizar además si te corresponde una compensación económica.


Indemnización por cancelación de vuelo: ¿cuándo puedes reclamar?

Una cancelación se produce cuando el vuelo que estaba programado finalmente no se realiza. También puede considerarse cancelación cuando el avión despega, pero regresa al aeropuerto de origen y los pasajeros son trasladados a otro vuelo.

Además del reembolso o el transporte alternativo, puedes tener derecho a una compensación económica de 250, 400 o 600 euros por pasajero cuando la aerolínea te comunica la cancelación con menos de catorce días de antelación.

Sin embargo, la compensación no es automática. La compañía puede quedar exenta si:

  • Te informó con suficiente antelación.
  • Te ofreció un transporte alternativo que cumple determinados horarios.
  • Demuestra que la cancelación fue provocada por circunstancias extraordinarias inevitables.

Cancelación comunicada con más de 14 días de antelación

Si la aerolínea te informa de la cancelación con más de catorce días de antelación, normalmente no existe derecho a la compensación fija de 250, 400 o 600 euros.

No obstante, la compañía debe seguir ofreciéndote las alternativas correspondientes:

  • Reembolso del billete.
  • Transporte alternativo hasta el destino final lo antes posible.
  • Transporte en otra fecha que te convenga, sujeto a disponibilidad.

La ausencia de compensación no significa que debas aceptar unilateralmente cualquier cambio de fecha, aeropuerto o itinerario propuesto por la aerolínea.

Cancelación comunicada entre 7 y 14 días antes

Si recibes el aviso entre siete y catorce días antes de la salida, la aerolínea puede evitar el pago de la compensación si te ofrece un transporte alternativo que cumpla simultáneamente estas dos condiciones:

  • La nueva salida no se adelanta más de dos horas respecto del horario original.
  • La llegada al destino final se produce con menos de cuatro horas de retraso.

Si el vuelo alternativo sale mucho antes o llega cuatro horas o más tarde, puede mantenerse el derecho a compensación, siempre que se cumplan los demás requisitos.

Cancelación comunicada con menos de 7 días de antelación

Cuando la cancelación se comunica menos de siete días antes de la salida, la excepción es aún más estricta.

La aerolínea puede quedar exenta de compensación si el transporte alternativo:

  • Sale como máximo una hora antes del horario original.
  • Llega al destino final con menos de dos horas de retraso.

Si no se cumplen ambos límites, podría corresponder la compensación económica.

Cuándo te avisan Transporte alternativo que puede excluir la compensación ¿Puede corresponder indemnización?
Más de 14 días antes No se aplican los límites horarios de 7 y 14 días. Normalmente no.
Entre 7 y 14 días antes Salida no más de 2 horas antes y llegada menos de 4 horas después. , si la alternativa no cumple esos límites y concurren los demás requisitos.
Menos de 7 días antes Salida no más de 1 hora antes y llegada menos de 2 horas después. , si la alternativa no cumple esos límites y concurren los demás requisitos.
Reglas generales de preaviso y transporte alternativo en caso de cancelación.

¿Quién debe demostrar cuándo se comunicó la cancelación?

Corresponde a la aerolínea demostrar que informó al pasajero de la cancelación y en qué fecha lo hizo. Conserva los correos, mensajes y notificaciones recibidos, especialmente cuando el billete fue comprado mediante una agencia o intermediario.

¿Un vuelo adelantado puede considerarse cancelado?

Un cambio importante hacia una hora de salida anterior puede alterar el viaje tanto como una cancelación.

Cuando la aerolínea adelanta el vuelo más de una hora, el cambio puede recibir un tratamiento equivalente al de una cancelación. En ese caso deben analizarse el plazo de preaviso, la alternativa ofrecida y el resto de las circunstancias.

Un cambio menor de horario no genera automáticamente los mismos derechos. Por eso es importante comparar la hora original con la nueva y conservar la confirmación inicial de la reserva.

Tarjeta de embarque y billete de avión necesarios para justificar la reclamación de compensación a la aerolínea.


¿Qué puedes elegir cuando la aerolínea cancela tu vuelo?

Ante una cancelación, la compañía debe ofrecerte la posibilidad de elegir entre diferentes soluciones. No debería imponerte automáticamente un bono ni una nueva fecha sin permitirte conocer las alternativas disponibles.

Opción 1: reembolso del billete

Puedes solicitar la devolución del precio del billete correspondiente a la parte del viaje que no hayas utilizado.

También puede corresponder el reembolso de trayectos ya realizados cuando el viaje haya perdido su finalidad respecto del plan inicial, además de un vuelo de regreso al primer punto de partida cuando sea necesario.

El reembolso debe abonarse normalmente dentro de los siete días mediante:

  • Dinero.
  • Transferencia bancaria.
  • Cheque.
  • Un bono u otro servicio, únicamente si el pasajero lo acepta de manera informada.

No estás obligado a aceptar un bono

La aerolínea puede proponerte un vale para utilizar en el futuro, pero puedes solicitar el reembolso monetario. Acepta un bono solo después de comprobar su caducidad, las restricciones, si admite transferencia y qué ocurre si no utilizas todo el saldo.

Si eliges el reembolso y renuncias al transporte alternativo, el derecho de atención asociado a la espera normalmente finaliza. Esto no elimina necesariamente una posible compensación por la cancelación cuando se cumplen sus requisitos.

Opción 2: transporte alternativo lo antes posible

Puedes solicitar que la aerolínea te lleve hasta el destino final, en condiciones comparables, en la primera oportunidad disponible.

La solución puede consistir en:

  • Otro vuelo de la misma compañía.
  • Un vuelo operado por una aerolínea asociada.
  • Una ruta con una o varias escalas.
  • En determinados casos, otro medio de transporte adecuado.

Mientras esperas el transporte alternativo, se mantiene el derecho de atención cuando se cumplen las condiciones: comida, bebida, comunicaciones, alojamiento y traslados razonables.

Opción 3: viajar en una fecha posterior

También puedes solicitar un transporte alternativo para una fecha posterior que te resulte conveniente, sujeto a la disponibilidad de plazas.

Esta opción puede ser útil cuando el propósito del viaje se mantiene, pero ya no necesitas llegar inmediatamente.

Al elegir voluntariamente una fecha posterior, la aerolínea no tiene que cubrir indefinidamente los gastos de alojamiento, comidas o manutención hasta el nuevo día elegido.

¿Qué hacer si la aerolínea no ofrece una alternativa razonable?

Primero solicita expresamente que te reubiquen lo antes posible y deja constancia de la petición mediante el chat, correo electrónico, formulario o mostrador del aeropuerto.

Si la compañía no ofrece una solución adecuada y necesitas comprar otro billete, documenta cuidadosamente:

  • Las alternativas que solicitaste.
  • La respuesta o falta de respuesta de la aerolínea.
  • Las opciones disponibles en ese momento.
  • El motivo por el que elegiste el nuevo transporte.
  • La factura y el comprobante de pago.

Escoge una alternativa razonable y comparable. Comprar unilateralmente un billete muy superior, una cabina premium o una ruta innecesariamente costosa puede dificultar su reembolso.

¿Qué ocurre si te llevan a otro aeropuerto?

Si la aerolínea te ofrece un vuelo hacia un aeropuerto distinto del previsto, debe hacerse cargo del transporte hasta el aeropuerto original o hasta otro destino cercano acordado contigo.

Por ejemplo, si tu vuelo debía llegar a un aeropuerto concreto de una ciudad y la compañía te desvía a otro aeropuerto de la misma región, conserva los justificantes del transporte terrestre cuando la aerolínea no lo organice directamente.


¿Cuándo puede reducirse la compensación un 50 %?

La aerolínea puede reducir a la mitad la compensación cuando ofrece un transporte alternativo y la llegada al destino final no supera determinados límites respecto del horario original.

Distancia Retraso máximo de llegada con transporte alternativo Compensación reducida
Hasta 1.500 km No más de 2 horas 125 €
Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y otros vuelos de 1.500 a 3.500 km No más de 3 horas 200 €
Restantes vuelos de más de 3.500 km No más de 4 horas 300 €
Reducción posible cuando la aerolínea ofrece transporte alternativo y se cumplen los límites de llegada.

La reducción no significa que todos los vuelos de larga distancia retrasados entre tres y cuatro horas generen únicamente 300 euros. Debe analizarse si hubo transporte alternativo y si se cumplen las condiciones legales de reducción.


Circunstancias extraordinarias: ¿cuándo no debe pagar la aerolínea?

La aerolínea puede quedar exenta de pagar la compensación económica si demuestra que el retraso o la cancelación se debió a una circunstancia extraordinaria que no podía haberse evitado incluso adoptando todas las medidas razonables.

No basta con utilizar expresiones genéricas como “motivos operativos”, “razones ajenas a la compañía” o “problemas de seguridad”. La aerolínea debe identificar la causa y acreditar su relación con el vuelo afectado.

Para valorar si una causa es extraordinaria suelen analizarse dos aspectos:

  • Que el acontecimiento no sea inherente al ejercicio normal de la actividad de la aerolínea.
  • Que escape a su control efectivo.

Ejemplos que pueden considerarse circunstancias extraordinarias

Dependiendo del caso concreto y de las pruebas aportadas, pueden considerarse extraordinarias:

  • Condiciones meteorológicas incompatibles con la operación segura del vuelo.
  • Cierre inesperado de un aeropuerto o del espacio aéreo.
  • Restricciones impuestas por el control del tráfico aéreo.
  • Riesgos graves de seguridad.
  • Inestabilidad política o conflictos que afecten a la operación.
  • Colisión con aves u objetos externos en determinadas circunstancias.
  • Determinados defectos de fabricación ocultos comunicados por el fabricante.
  • Huelgas externas a la aerolínea, como algunas convocatorias de controladores aéreos o personal aeroportuario.

Incluso cuando el acontecimiento es extraordinario, la compañía debe demostrar que adoptó medidas razonables para evitar o reducir el retraso, por ejemplo, reorganizando recursos o buscando alternativas viables.

Causas que normalmente no eximen de pagar compensación

Muchos problemas habituales forman parte del funcionamiento normal de una compañía aérea y no se consideran automáticamente extraordinarios.

Entre ellos pueden encontrarse:

  • Averías técnicas ordinarias vinculadas al mantenimiento o uso normal del avión.
  • Problemas de planificación de tripulaciones.
  • Falta de personal.
  • Rotación tardía de la aeronave cuando el problema pertenece a la organización de la compañía.
  • Errores de programación o gestión interna.
  • Determinadas huelgas del propio personal de la aerolínea.
  • Fallecimiento o indisposición inesperada de un miembro de la tripulación, según la valoración jurisprudencial aplicable.

La clasificación puede depender de los hechos concretos. Por ese motivo, no conviene aceptar sin más una respuesta que únicamente menciona “problemas técnicos” o “motivos operativos”.

Causa alegada ¿Puede ser extraordinaria? Qué debes comprobar
Tormenta intensa, nieve o viento extremo Sí, posiblemente Si realmente impedía operar el vuelo y cómo afectó a otros vuelos comparables.
Avería técnica ordinaria Normalmente no Qué pieza falló, cuándo se detectó y si formaba parte del mantenimiento normal.
Huelga de controladores Puede serlo Si era externa a la aerolínea y qué medidas adoptó la compañía.
Huelga del personal de la aerolínea No necesariamente Quién convocó la huelga y si estaba bajo el control organizativo de la compañía.
Falta de tripulación Normalmente no Si derivó de una planificación interna insuficiente.
Cierre del espacio aéreo Sí, posiblemente La orden oficial, su duración y la relación con tu vuelo.
Impacto con un ave Puede serlo La prueba del impacto y si la respuesta posterior fue razonable.
“Motivos operativos” No es una explicación suficiente Solicita que la aerolínea identifique la causa concreta.

¿El mal tiempo elimina siempre la indemnización?

No. Que hubiera lluvia, viento o nubes no basta por sí solo para rechazar una reclamación.

La aerolínea debe demostrar que las condiciones meteorológicas eran incompatibles con la operación segura o que provocaron restricciones que afectaron directamente a tu vuelo.

Puede resultar útil comprobar:

  • Si otros vuelos operaron desde el mismo aeropuerto.
  • Si el avión llegó tarde debido a una incidencia anterior.
  • Si existían avisos meteorológicos oficiales.
  • La hora concreta en la que se produjo el fenómeno.
  • Las medidas adoptadas por la compañía.

Que otros vuelos hayan despegado no demuestra automáticamente que el tuyo también pudiera hacerlo, ya que pueden utilizar aeronaves, rutas o franjas horarias diferentes. No obstante, puede ser un indicio que justifique solicitar una explicación más precisa.

¿Se puede reclamar cuando hay una huelga?

Depende de quién convoque la huelga y de las circunstancias concretas.

Una huelga externa, como la de determinados controladores aéreos o trabajadores aeroportuarios, puede constituir una circunstancia extraordinaria ajena al control de la compañía.

En cambio, una huelga del personal propio de la aerolínea no queda automáticamente fuera de su control y puede generar derecho a compensación. De hecho, el Tribunal de Justicia de la UE ha confirmado que las huelgas convocadas por el propio personal de la aerolínea (pilotos, tripulación) sí dan derecho a indemnización, a diferencia de las huelgas ajenas a la compañía, como las de controladores aéreos.

Aunque la huelga sea extraordinaria, la aerolínea debe seguir ofreciendo:

  • Reembolso o transporte alternativo.
  • Comida y bebida durante la espera.
  • Alojamiento cuando sea necesario.
  • Información sobre los derechos del pasajero.

¿Una avería técnica evita el pago?

Las averías técnicas ordinarias no suelen considerarse circunstancias extraordinarias, ya que el mantenimiento y funcionamiento de las aeronaves forman parte de la actividad normal de una aerolínea.

La situación puede ser distinta cuando se trata de un defecto de fabricación oculto, un sabotaje, un acto externo o una incidencia excepcional que escape realmente al control de la compañía.

Si la respuesta de la aerolínea menciona únicamente una “incidencia técnica”, solicita:

  • La causa concreta del problema.
  • El momento en que fue detectado.
  • La relación entre esa avería y la cancelación o el retraso.
  • Las medidas adoptadas para sustituir el avión o reorganizar el vuelo.

¿Qué ocurre si el avión llegó tarde de un vuelo anterior?

Las aerolíneas suelen operar el mismo avión en varios trayectos consecutivos. Una incidencia en el primer vuelo puede provocar retrasos en toda la rotación del día.

Sin embargo, la compañía no puede limitarse a invocar una circunstancia extraordinaria ocurrida muchas horas antes sin demostrar una relación directa y razonable con tu vuelo.

Debe acreditar:

  • Qué ocurrió en el vuelo anterior.
  • Cómo afectó a la rotación posterior.
  • Qué margen de tiempo tenía para recuperar la operación.
  • Por qué no pudo utilizar otro avión o tripulación.
  • Qué medidas razonables adoptó.

Avion en pista bajo lluvia intensa ilustrando circunstancias extraordinarias y motivos de retraso de vuelo.


¿Qué derechos mantienes aunque no haya indemnización?

La ausencia de compensación económica no significa que la aerolínea quede liberada de todas sus obligaciones.

Incluso cuando existe una circunstancia extraordinaria, puedes mantener el derecho a:

  • Recibir información sobre la incidencia.
  • Elegir entre reembolso y transporte alternativo en caso de cancelación.
  • Recibir comida y bebida durante una espera prolongada.
  • Disponer de alojamiento y transporte cuando sea necesaria una noche adicional.
  • Recuperar gastos razonables cuando la compañía no presta la asistencia debida.

Ejemplo práctico

Una nevada excepcional provoca el cierre del aeropuerto y tu vuelo es cancelado. La compañía puede no estar obligada a pagarte 250, 400 o 600 euros porque la causa es extraordinaria.

Sin embargo, debe ofrecerte reembolso o transporte alternativo y prestarte asistencia durante la espera. Si debes pasar la noche y no te proporciona hotel, conserva las facturas para reclamar los gastos razonables.


¿Cómo averiguar la causa real del retraso o la cancelación?

En el aeropuerto, solicita información por escrito y toma nota de las explicaciones proporcionadas por el personal.

También puedes recopilar:

  • Fotografías de los paneles de salidas y llegadas.
  • Capturas de la aplicación de la aerolínea.
  • Correos electrónicos y mensajes recibidos.
  • Comunicaciones del aeropuerto.
  • Información meteorológica oficial.
  • Datos sobre la llegada del avión que debía operar tu vuelo.
  • Testimonios o mensajes proporcionados a otros pasajeros.

Estas pruebas no sustituyen la información técnica que debe aportar la compañía, pero ayudan a cuestionar explicaciones vagas o contradictorias.


Ejemplos prácticos de cancelaciones

Cancelación comunicada veinte días antes

La aerolínea cancela un vuelo Madrid–París y te avisa veinte días antes.

Puedes elegir entre reembolso y transporte alternativo, pero normalmente no tendrás derecho a los 250 euros de compensación porque el aviso se realizó con más de catorce días de antelación.

Cancelación comunicada diez días antes

Tu vuelo debía salir a las 10:00 y llegar a las 12:00. Diez días antes, la compañía te ofrece otro vuelo que sale a las 11:00 y llega a las 15:30.

El vuelo alternativo sale dentro del límite permitido, pero llega tres horas y media después. Al ser menos de cuatro horas, la aerolínea podría quedar exenta de compensación, siempre que se cumplan los demás requisitos.

Cancelación comunicada tres días antes

El vuelo original salía a las 18:00 y llegaba a las 20:00. La alternativa sale a las 16:30 y llega a las 22:30.

La nueva salida se adelanta más de una hora y la llegada supera en más de dos horas el horario original. Podría existir derecho a compensación.

Cancelación por una avería técnica ordinaria

La aerolínea cancela el vuelo el mismo día debido a una avería detectada durante la revisión del avión.

Si se trata de un problema técnico inherente a la actividad normal de la compañía, podría corresponder compensación, además del transporte alternativo o reembolso y la asistencia necesaria.

Cancelación por cierre del aeropuerto

Las autoridades cierran el aeropuerto por un riesgo grave de seguridad.

Es probable que no corresponda la compensación fija, pero la aerolínea debe ofrecer reembolso o transporte alternativo y atender a los pasajeros durante la espera.


Cómo reclamar una indemnización por retraso o cancelación de vuelo

La forma más económica de reclamar es presentar primero la solicitud directamente ante la aerolínea operadora. No necesitas contratar una empresa especializada ni pagar una comisión para iniciar el procedimiento.

El proceso puede resumirse en estos pasos:

  1. Recopilar y conservar toda la documentación.
  2. Comprobar si el Reglamento europeo resulta aplicable.
  3. Calcular el importe que puede corresponderte.
  4. Presentar una reclamación formal ante la aerolínea.
  5. Esperar su respuesta y analizar los motivos de una posible negativa.
  6. Acudir a AESA o al organismo competente si no recibes una solución satisfactoria.
  7. Valorar la vía judicial cuando sea necesario.

Plazos importantes en España

  • Dispones de hasta cinco años desde la fecha del incidente para presentar la reclamación previa ante la aerolínea.
  • La compañía debe responder en un plazo máximo de un mes.
  • Si no responde o rechaza la reclamación, puedes acudir a AESA.
  • La reclamación ante AESA debe presentarse dentro del año siguiente a la reclamación previa ante la aerolínea.

Estos plazos corresponden al procedimiento español. Si el organismo competente pertenece a otro país, consulta las condiciones aplicables en ese Estado.

 


Documentación necesaria para reclamar un vuelo

Una reclamación bien documentada tiene más posibilidades de resolverse favorablemente y reduce las oportunidades de que la aerolínea alegue que faltan datos.

Documentos imprescindibles

  • Confirmación de la reserva o billete electrónico.
  • Tarjeta de embarque, incluso si aparece en formato digital.
  • Documento de identidad del pasajero.
  • Número de vuelo.
  • Fecha de salida.
  • Aeropuertos de origen y destino.
  • Hora de salida y llegada programadas.
  • Hora real de llegada al destino final.
  • Correo, mensaje o notificación de cancelación o cambio de horario.
  • Reclamación enviada a la aerolínea y justificante de presentación.
  • Respuesta recibida, cuando exista.

Pruebas adicionales recomendadas

  • Fotografías de los paneles del aeropuerto.
  • Capturas de la aplicación o web de la aerolínea.
  • Mensajes enviados por SMS, correo electrónico o aplicaciones de mensajería.
  • Fotografías de las colas o mostradores cerrados.
  • Datos del avión que debía operar el vuelo.
  • Información meteorológica o avisos oficiales.
  • Declaraciones escritas facilitadas por la compañía.
  • Comunicaciones recibidas por otros pasajeros del mismo vuelo.

Facturas de comida, hotel y transporte

Si la aerolínea no proporciona la asistencia debida y debes pagar gastos por tu cuenta, conserva:

  • Facturas de restaurantes o alimentos.
  • Recibos de bebidas.
  • Factura del hotel.
  • Comprobantes de taxi, autobús, tren o transporte entre el aeropuerto y el alojamiento.
  • Factura de un billete alternativo comprado por tu cuenta.
  • Justificantes de llamadas u otras comunicaciones necesarias.

Siempre que sea posible, solicita una factura completa. Un recibo bancario demuestra que se realizó un pago, pero puede no identificar qué producto o servicio se adquirió.

Consejo práctico

Crea una carpeta en el móvil con el número de vuelo y guarda allí tarjetas de embarque, capturas, fotografías, facturas y comunicaciones. También conviene enviarte los documentos por correo electrónico para no perderlos si cambias de teléfono.

Documentación cuando reclamas por varios pasajeros

La compensación corresponde individualmente a cada pasajero. Si una persona presenta la reclamación en nombre de los demás, puede ser necesario incluir una autorización de representación firmada.

En el caso de menores, AESA puede solicitar:

  • Libro de familia.
  • Certificado de nacimiento.
  • Inscripción en el Registro Civil.
  • Documento judicial que acredite la custodia.
  • DNI del menor cuando corresponda.

Checklist de documentos para reclamar indemnización por retraso de vuelo: tarjeta de embarque, reserva, pasaporte y tickets de gastos


Paso 1: presenta la reclamación ante la aerolínea

Antes de acudir a AESA debes reclamar directamente ante la compañía responsable.

La reclamación se dirige normalmente a la aerolínea operadora, no necesariamente a la empresa que vendió el billete.

Puedes utilizar:

  • El formulario de reclamaciones de la página web de la aerolínea.
  • El correo electrónico designado por la compañía.
  • El área privada del pasajero.
  • La hoja de reclamaciones facilitada en el aeropuerto.
  • El modelo oficial ofrecido por AESA si la aerolínea no facilita un medio adecuado.

Evita enviar únicamente un mensaje por redes sociales. Puede servir para solicitar información, pero normalmente no constituye el mejor medio para dejar constancia formal de la reclamación.

Qué datos debe incluir la reclamación

Incluye de manera clara:

  • Nombre completo de todos los pasajeros.
  • Documento de identidad.
  • Dirección y correo electrónico de contacto.
  • Localizador de reserva.
  • Número y fecha del vuelo.
  • Aeropuertos de origen y destino.
  • Descripción cronológica de lo ocurrido.
  • Hora real de llegada al destino final.
  • Importe de compensación solicitado.
  • Gastos adicionales que reclamas.
  • Cuenta bancaria o medio de pago cuando la compañía lo solicite de forma segura.
  • Documentos y facturas adjuntos.

Cómo redactar una reclamación efectiva

Utiliza un tono claro, formal y concreto. No es necesario explicar todos los inconvenientes personales durante varias páginas.

La aerolínea necesita identificar:

  • Qué vuelo sufrió la incidencia.
  • Qué derecho reclamas.
  • Cuál es la cantidad solicitada.
  • Qué pruebas aportas.
  • Qué solución esperas.

Evita insultos, amenazas o afirmaciones que no puedas demostrar. Una reclamación objetiva facilita que posteriormente AESA o un tribunal comprendan el caso.

Modelo gratuito de reclamación a la aerolínea

Puedes copiar y adaptar el siguiente modelo. Sustituye todos los textos entre corchetes por los datos reales de tu vuelo.

📄 Modelo Gratuito de Carta para Reclamar a la Aerolínea

Copia y adapta este texto para enviarlo al departamento de atención al cliente de la aerolínea y exige tu compensación sin pagar comisiones:

A LA ATENCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE [Nombre de la Aerolínea]

Asunto: Reclamación de compensación por [retraso / cancelación / denegación de embarque] al amparo del Reglamento (CE) n.º 261/2004

Número de reserva (PNR): [Código de reserva, ej.: ABC123]
Número de vuelo: [Ej.: IB3170]
Fecha del vuelo: [DD/MM/AAAA]
Origen: [Aeropuerto de salida] | Destino: [Aeropuerto de llegada]

Estimados señores:

Me dirijo a ustedes en mi condición de pasajero del vuelo de referencia para presentar una reclamación formal por la incidencia sufrida.

El vuelo llegó a su destino final con un retraso de [número] horas respecto de la hora programada. No se me ha comunicado ninguna circunstancia extraordinaria que, conforme al artículo 5.3 del Reglamento, exima a esa compañía del pago de la compensación.

En virtud del artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 261/2004, solicito una compensación económica de:

[250 € / 400 € / 600 €] por pasajero.

(Opcional, eliminar si no procede): Asimismo, como consecuencia directa de la incidencia, tuve que asumir gastos que esa compañía no cubrió (comida, transporte y alojamiento) por un importe total de [importe] €, cuyas facturas adjunto.

Por todo lo expuesto, solicito el abono de la cantidad total de [importe total] € mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta de mi titularidad:

Titular de la cuenta: [Nombre completo]
IBAN: [ESXX XXXX XXXX XXXX XXXX]
SWIFT/BIC: [Código de la entidad]

Les ruego acusen recibo de esta comunicación. De no recibir una respuesta satisfactoria en el plazo de un mes previsto para la reclamación previa, presentaré la correspondiente reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y me reservo el ejercicio de las acciones legales que correspondan.

A la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo.

Atentamente,
[Nombre y apellidos]
[DNI / Pasaporte]
[Teléfono de contacto]
[Correo electrónico]

Adjuntos: tarjeta de embarque, confirmación de la reserva, copia del documento de identidad y facturas de los gastos adicionales.

Cómo adaptar la carta para varios pasajeros

Si la reclamación incluye a varias personas, añade una relación como esta:

Pasajero Documento Compensación solicitada
[Nombre del pasajero 1] [DNI/Pasaporte] [250/400/600] €
[Nombre del pasajero 2] [DNI/Pasaporte] [250/400/600] €
[Nombre del pasajero 3] [DNI/Pasaporte] [250/400/600] €

Adjunta una autorización de representación cuando presentes la reclamación en nombre de otros adultos y conserva una copia firmada.


¿Qué hacer si la aerolínea ofrece un bono?

La compañía puede proponerte un vale, descuento, crédito de viaje o puntos en lugar de dinero.

No estás obligado a aceptarlo. Antes de hacerlo, comprueba:

  • La fecha de caducidad.
  • Si puede utilizarse en cualquier ruta.
  • Si admite varias reservas.
  • Si el saldo restante se conserva.
  • Si puede transferirse a otra persona.
  • Si su aceptación implica renunciar a otras reclamaciones.
  • Si el valor ofrecido es igual o superior a la compensación que legalmente puede corresponderte.

Si prefieres recibir el dinero, responde de forma expresa:

No acepto el bono ofrecido y solicito el pago de la compensación mediante transferencia bancaria u otro medio monetario admitido por el Reglamento (CE) 261/2004.


¿Qué hacer si la aerolínea no responde?

La compañía debe contestar la reclamación previa en el plazo máximo de un mes.

Conserva:

  • La fecha de envío.
  • El número de expediente.
  • El correo de confirmación.
  • Una captura de la pantalla final del formulario.
  • El documento completo presentado.

Si transcurre un mes sin respuesta, puedes acudir a AESA siempre que el caso se encuentre dentro de su ámbito de competencia.

No es necesario enviar repetidamente la misma reclamación a la aerolínea. Uno o dos recordatorios pueden ser útiles, pero debes evitar generar varios expedientes idénticos que dificulten el seguimiento.


¿Qué hacer si la aerolínea rechaza la reclamación?

Lee cuidadosamente el motivo del rechazo. Las respuestas más frecuentes son:

  • El retraso fue inferior a tres horas.
  • El vuelo no estaba cubierto por el Reglamento.
  • La incidencia fue provocada por una circunstancia extraordinaria.
  • La reclamación se presentó ante la aerolínea incorrecta.
  • Falta documentación.
  • El pasajero no se presentó a tiempo para el embarque.
  • La cancelación se comunicó con suficiente antelación.
  • El transporte alternativo cumplía los límites legales.

Respuesta genérica por circunstancias extraordinarias

Si la aerolínea utiliza una explicación vaga como “motivos operativos”, “restricciones aeroportuarias” o “problemas técnicos”, solicita información adicional.

Puedes responder:

La respuesta recibida no identifica de forma suficiente la causa concreta de la incidencia ni acredita su carácter extraordinario. Solicito que se detalle el acontecimiento, su relación directa con el vuelo y las medidas razonables adoptadas para evitar o reducir el retraso.

Reclamación presentada ante la compañía incorrecta

Comprueba nuevamente qué aerolínea operaba el vuelo. En reservas de código compartido, la responsable puede ser distinta de la compañía que emitió el billete.

Busca expresiones como:

  • “Operado por”.
  • “Operated by”.
  • “Compañía operadora”.

Si reclamaste a la empresa equivocada, presenta una nueva solicitud ante la aerolínea operadora y conserva la respuesta anterior.

Cómo reclamar tu indemnización por retraso de un vuelo.


Paso 2: cómo reclamar ante AESA

Si la aerolínea no responde en un mes o rechaza la reclamación y no estás conforme, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea cuando el caso sea de su competencia.

El procedimiento de resolución alternativa de litigios de AESA es:

  • Gratuito para el pasajero.
  • Una alternativa al procedimiento judicial.
  • Obligatorio para las aerolíneas que intervienen en el ámbito correspondiente.
  • Vinculante para la compañía aérea en las reclamaciones sobre vuelos posteriores al 2 de junio de 2023.
  • No vinculante para el pasajero.

Esto significa que la aerolínea debe cumplir la decisión de AESA, pero el pasajero conserva la posibilidad de acudir posteriormente a los tribunales si no está satisfecho.

Cuándo puedes acudir a AESA

Puedes presentar una reclamación cuando:

  • Ya reclamaste previamente ante la aerolínea.
  • Ha transcurrido más de un mes sin respuesta.
  • La respuesta recibida no resulta satisfactoria.
  • No ha pasado más de un año desde la reclamación previa.
  • El vuelo se encuentra dentro del ámbito territorial de AESA.

Qué vuelos puede analizar AESA

En términos generales, AESA puede intervenir en reclamaciones relacionadas con:

  • Vuelos que salen de un aeropuerto situado en España.
  • Vuelos que salen de un país no perteneciente a la Unión Europea y llegan a España operados por una aerolínea comunitaria.

Si el vuelo salió de otro Estado de la Unión Europea, puede ser competente el organismo designado por ese país.

Por ejemplo:

Vuelo Organismo que puede ser competente
Madrid–París AESA, porque el vuelo salió de España.
París–Madrid El organismo francés, aunque el destino sea España.
Buenos Aires–Madrid operado por Iberia AESA, al llegar a España con una aerolínea comunitaria.
Buenos Aires–Madrid operado por una aerolínea no comunitaria Normalmente no corresponde a AESA bajo el Reglamento europeo.

Qué incidencias admite AESA

Para vuelos incluidos en el procedimiento actual, AESA puede analizar reclamaciones por:

  • Cancelación.
  • Retraso de tres horas o más.
  • Vuelo adelantado más de una hora.
  • Denegación injustificada de embarque.
  • Cambio de clase.
  • Derechos de personas con discapacidad o movilidad reducida.

Qué asuntos no resuelve AESA mediante este procedimiento

El procedimiento no cubre de forma general:

  • Pérdida, retraso o daños del equipaje.
  • Calidad del servicio.
  • Problemas con agencias de viaje.
  • Viajes combinados.
  • Tarifas y tasas.
  • Protección de datos.
  • Daños y perjuicios adicionales ajenos a las cantidades previstas por el Reglamento.
  • Incidencias en vuelos que operaron normalmente cuando el pasajero decidió no volar.

Estos asuntos pueden tener otras vías de reclamación, como consumo, el Convenio de Montreal, los tribunales o el organismo competente según el contrato.

Documentos que debes presentar ante AESA

Prepara en formato legible:

  • Formulario de reclamación de AESA.
  • Copia de la reclamación previa presentada ante la aerolínea.
  • Respuesta de la compañía, si la recibiste.
  • Reserva, billete o contrato de transporte.
  • Tarjeta de embarque.
  • DNI, NIE o pasaporte de todos los pasajeros reclamantes.
  • Autorizaciones de representación.
  • Documentos de filiación de menores.
  • Facturas de comida, hotel, transporte o comunicaciones.
  • Billete alternativo comprado por tu cuenta, cuando corresponda.
  • Pruebas adicionales relacionadas con la incidencia.

Documento de identidad legible

AESA solicita todas las caras del documento identificativo de cada pasajero. Comprueba que las fotografías no estén cortadas, borrosas, oscuras o cubiertas por reflejos.


Cómo presentar la reclamación ante AESA

La opción más sencilla suele ser la tramitación electrónica mediante la sede de AESA.

Según el medio elegido, puede utilizarse:

  • Certificado digital.
  • DNI electrónico.
  • Cl@ve PIN.
  • Cl@ve Permanente.
  • Sistemas de identificación admitidos para ciudadanos de la Unión Europea.
  • Acceso sin autenticación cuando el formulario disponible lo permita.

También es posible presentar la documentación mediante registros administrativos, oficinas de Correos o consulados españoles, siguiendo las condiciones oficiales.

No envíes la misma reclamación por varias vías. AESA tramitará únicamente la primera y puede inadmitir las duplicadas.


Qué ocurre después de reclamar ante AESA

Una vez recibida la reclamación completa, AESA:

  1. Comprueba que el caso se encuentra dentro de su competencia.
  2. Solicita información a la aerolínea.
  3. Abre un trámite de audiencia para las partes.
  4. Puede pedir documentos o aclaraciones adicionales.
  5. Analiza si la compañía cumplió el Reglamento.
  6. Emite una decisión.

La compañía aérea está obligada a participar en el procedimiento y a facilitar la información solicitada.

¿Cuánto tarda AESA en resolver?

El plazo ordinario indicado para emitir una decisión es de 90 días naturales desde que AESA dispone de toda la documentación.

Este plazo puede ampliarse en asuntos complejos y puede quedar suspendido durante determinados trámites de audiencia o solicitud de pruebas.

AESA advierte actualmente de que el elevado volumen de reclamaciones puede provocar demoras respecto de los plazos habituales.

¿La decisión de AESA es obligatoria?

La decisión es vinculante para la aerolínea, que dispone de un mes para cumplirla y acreditarlo.

No es vinculante para el pasajero. Si no estás conforme, puedes acudir a los tribunales.

Si la aerolínea no cumple dentro del plazo concedido, puedes solicitar la ejecución judicial de la decisión. El documento incorpora un Código Seguro de Verificación que permite acreditar su autenticidad.

Paso 3: cuándo valorar la vía judicial

La vía judicial puede resultar adecuada cuando:

  • La aerolínea no cumple la decisión de AESA.
  • AESA rechaza la reclamación y consideras que tienes pruebas suficientes.
  • El caso no entra dentro de la competencia de AESA.
  • También reclamas daños y perjuicios adicionales.
  • La aerolínea discute hechos o documentos esenciales.
  • El vuelo corresponde a otro ámbito territorial.

Acudir a AESA no es obligatorio antes de presentar una demanda. Sin embargo, si inicias primero un proceso judicial, AESA no tramitará posteriormente la misma reclamación mediante su procedimiento alternativo.

Antes de demandar, valora:

  • La cantidad reclamada.
  • La claridad de las pruebas.
  • La causa alegada por la aerolínea.
  • Los costes legales posibles.
  • La posibilidad de reclamar sin abogado ni procurador según la cuantía y el procedimiento aplicable.

Este artículo no sustituye el asesoramiento jurídico

Los casos complejos, las reclamaciones de daños adicionales y las incidencias fuera del ámbito europeo pueden requerir asesoramiento profesional adaptado a las circunstancias concretas.

Cronología recomendada para reclamar

Momento Qué hacer
En el aeropuerto Solicita información, conserva la tarjeta de embarque, toma fotografías y guarda facturas.
Al llegar al destino Anota la hora real de apertura de puertas y organiza todos los documentos.
Durante los días siguientes Calcula la compensación y presenta la reclamación formal ante la aerolínea.
Hasta un mes Espera la respuesta y conserva el número de expediente.
Tras un mes sin respuesta o ante un rechazo Presenta la reclamación ante AESA o el organismo competente.
Después de la decisión Comprueba que la aerolínea paga o cumple dentro del plazo concedido.
Si no cumple Valora solicitar la ejecución judicial o presentar la correspondiente demanda.

Errores frecuentes al reclamar una indemnización

Reclamar a la aerolínea que vendió el billete y no a la operadora

Comprueba siempre quién realizaba materialmente el vuelo.

No guardar la tarjeta de embarque

La reserva puede ser suficiente en algunos casos, pero la tarjeta de embarque ayuda a demostrar que te presentaste y realizaste el viaje.

Solicitar una cantidad incorrecta

Calcula la distancia y diferencia entre vuelos intracomunitarios y extracomunitarios.

Aceptar un bono sin leer las condiciones

La aceptación puede incluir una renuncia a futuras reclamaciones.

No conservar el justificante de la reclamación

Sin una fecha acreditada puede resultar difícil demostrar que ha transcurrido el plazo de un mes.

Enviar documentos ilegibles

Revisa cada archivo antes de subirlo.

Reclamar gastos sin facturas

Conserva tickets y comprobantes completos.

Presentar reclamaciones duplicadas

Varios expedientes idénticos no aceleran el proceso y pueden dificultar el seguimiento.

Esperar hasta el último momento

Aunque el plazo sea amplio, cuanto antes reclames, más fácil será obtener documentos, comunicaciones y pruebas.

Checklist antes de enviar la reclamación

  • ☐ He comprobado la aerolínea operadora.
  • ☐ He anotado la hora real de llegada.
  • ☐ Tengo la reserva y la tarjeta de embarque.
  • ☐ He calculado la distancia del vuelo.
  • ☐ He identificado el importe reclamable.
  • ☐ He guardado todos los correos y mensajes.
  • ☐ Tengo facturas de los gastos adicionales.
  • ☐ He explicado los hechos de forma cronológica.
  • ☐ He indicado claramente qué cantidad solicito.
  • ☐ He guardado una copia de la reclamación.
  • ☐ Tengo un justificante con la fecha de presentación.

¿Conviene reclamar por tu cuenta o utilizar una agencia?

No necesitas contratar una empresa especializada para presentar una reclamación por retraso, cancelación o denegación de embarque. Puedes reclamar directamente a la aerolínea y, si no obtienes una respuesta satisfactoria, acudir gratuitamente a AESA o al organismo competente.

Las agencias de reclamaciones pueden resultar útiles cuando no quieres gestionar el procedimiento, el caso es complejo o la aerolínea mantiene su negativa. Sin embargo, normalmente cobran una comisión sobre la cantidad recuperada y algunas aplican costes adicionales si el asunto requiere acciones judiciales.

Aspecto Reclamar por tu cuenta Utilizar una agencia
Coste inicial Normalmente ninguno. Muchas trabajan sin coste inicial, pero cobran si recuperan el dinero.
Comisión No pagas comisión y conservas la cantidad reconocida. La agencia retiene un porcentaje de la compensación.
Tiempo personal Debes recopilar documentos, presentar escritos y hacer seguimiento. La empresa gestiona gran parte del procedimiento.
Control del expediente Mantienes el control directo de las comunicaciones y decisiones. Puede ser necesario ceder la representación o el derecho de cobro.
AESA Puedes utilizar gratuitamente su procedimiento cuando resulte competente. La agencia puede optar por otras vías según su estrategia.
Casos complejos Puede requerir asesoramiento profesional. Puede aportar experiencia y asistencia jurídica.
Resultado económico Conservas el importe reconocido, salvo posibles gastos legales. Recibes la cantidad restante después de comisiones y gastos previstos en el contrato.

Reclamar por tu cuenta puede convenirte si:

  • El retraso o la cancelación están claramente documentados.
  • La ruta está cubierta por el Reglamento europeo.
  • La causa parece imputable a la aerolínea.
  • Dispones de la reserva, tarjeta de embarque y justificantes.
  • Quieres conservar el 100 % de la compensación.
  • Puedes dedicar tiempo a presentar la reclamación y hacer seguimiento.

Una agencia puede resultar útil si:

  • La compañía rechaza una reclamación aparentemente fundada.
  • El itinerario incluye varias aerolíneas o países.
  • Existen dudas sobre qué legislación o tribunal resulta competente.
  • También quieres reclamar daños adicionales.
  • No quieres gestionar documentación, comunicaciones y plazos.
  • El caso puede requerir una demanda judicial.

Lee el contrato antes de contratar una agencia

Comprueba la comisión ordinaria, los impuestos, los costes judiciales, las penalizaciones por cancelar el encargo y qué sucede si la aerolínea te paga directamente.

También revisa si estás cediendo únicamente la representación para reclamar o si transfieres el propio derecho de cobro.


¿Puedes reclamar si pierdes una conexión?

Puedes tener derecho a compensación cuando pierdes una conexión y llegas al destino final con al menos tres horas de retraso, siempre que los vuelos formen parte de una única reserva y se cumplan los demás requisitos del Reglamento.

Lo importante es el retraso total en el destino final, aunque el primer vuelo haya llegado con menos de tres horas de demora.

Conexión incluida en una misma reserva

Imagina este viaje:

  • Madrid–Ámsterdam.
  • Ámsterdam–Nueva York.

El primer vuelo llega con una hora y cuarenta minutos de retraso. Pierdes la conexión y la aerolínea te reubica en otro vuelo que llega a Nueva York seis horas después de lo previsto.

El retraso relevante es el de seis horas en Nueva York. Si la causa es imputable a la aerolínea y el itinerario está cubierto por la normativa, puede corresponder una compensación.

Conexiones compradas en billetes separados

Si compraste cada vuelo por separado, normalmente se consideran contratos independientes.

La compañía del segundo vuelo puede tratarte como un pasajero que no se presentó a tiempo y no estar obligada a:

  • Reubicarte gratuitamente.
  • Reembolsarte el segundo billete.
  • Pagarte hotel o comida.
  • Compensarte por la pérdida de la conexión.

Para conexiones con billetes separados, deja un margen amplio o contrata una cobertura específica que proteja este tipo de itinerarios.

Denegación en la conexión por considerar que llegarías tarde

En ocasiones, la aerolínea puede retirar tu plaza del segundo vuelo porque calcula que el primer trayecto llegará demasiado tarde, aunque finalmente alcances la puerta de embarque a tiempo.

Si tenías una reserva confirmada, cumplías las condiciones de presentación y la compañía te impidió abordar injustificadamente, podría tratarse como una denegación de embarque con derecho a compensación.


Overbooking: derechos por denegación de embarque

El overbooking se produce cuando la aerolínea vende más plazas que asientos disponibles. Si todos los pasajeros se presentan, puede pedir voluntarios dispuestos a renunciar a su reserva.

Si aceptas voluntariamente no volar

Antes de aceptar, exige que la oferta quede por escrito y comprueba:

  • El importe de dinero, bono o beneficio ofrecido.
  • El nuevo vuelo asignado.
  • La hora prevista de llegada.
  • Si incluye hotel, comida y traslados.
  • Las restricciones y caducidad del bono.
  • Si la aceptación supone renunciar a otras reclamaciones.

Los beneficios del voluntario se negocian con la aerolínea y no tienen por qué coincidir con las compensaciones fijas del Reglamento.

Si te deniegan el embarque contra tu voluntad

Cuando tienes una reserva confirmada, te presentas dentro del plazo y cumples los requisitos de viaje, una denegación involuntaria puede darte derecho a:

  • Compensación de 250, 400 o 600 euros según la distancia.
  • Reembolso o transporte alternativo.
  • Comida, bebida y comunicaciones durante la espera.
  • Hotel y traslados cuando debas pasar la noche.

La compensación puede reducirse si el transporte alternativo permite llegar dentro de los límites establecidos por la normativa.

Cuándo puede estar justificada la denegación

No existe derecho a compensación por overbooking cuando la compañía demuestra una razón legítima, por ejemplo:

  • Falta de documentación de viaje.
  • Ausencia de visado o permiso exigido.
  • Motivos de salud o seguridad.
  • Comportamiento peligroso.
  • Llegada fuera del plazo de facturación o embarque.
  • Incumplimiento de requisitos de entrada al destino.

Si consideras que la razón fue incorrecta, solicita por escrito el motivo exacto y conserva las pruebas de que llegaste a tiempo y tenías la documentación necesaria.


¿Qué ocurre si te cambian de clase?

Cambio a una clase inferior

Si la aerolínea te coloca en una clase inferior a la contratada, puedes tener derecho al reembolso de una parte del precio del billete correspondiente al trayecto afectado.

El porcentaje dependerá de la distancia:

Distancia del vuelo Reembolso por cambio a clase inferior
Hasta 1.500 km 30 % del precio del trayecto afectado
Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y otros vuelos de 1.500 a 3.500 km 50 % del precio del trayecto afectado
Restantes vuelos de más de 3.500 km 75 % del precio del trayecto afectado

El cálculo debe referirse al precio atribuible al tramo afectado, no necesariamente al coste total de una reserva con varios vuelos.

Cambio gratuito a una clase superior

Si la compañía te coloca en una clase superior, no puede exigirte un pago adicional por ese cambio.

Pasajero esperando el embarque de su vuelo en el aeropuerto.


¿Esta reclamación sirve para equipaje perdido o retrasado?

No. Los problemas de equipaje se rigen principalmente por el Convenio de Montreal y por condiciones diferentes a las del Reglamento (CE) 261/2004.

Si tu maleta no aparece, llega tarde o está dañada:

  • Acude al mostrador de equipajes antes de abandonar el aeropuerto.
  • Solicita un Parte de Irregularidad de Equipaje o PIR.
  • Conserva la etiqueta de facturación.
  • Guarda facturas de compras esenciales.
  • Presenta la reclamación escrita dentro del plazo correspondiente.

AESA no resuelve mediante este procedimiento las reclamaciones por pérdida, retraso o daños en el equipaje.


¿Puedes reclamar hotel perdido, entradas o coche de alquiler?

Los gastos por servicios que no pudiste utilizar en el destino —como noches de hotel perdidas, entradas para eventos, excursiones o coches de alquiler— no forman parte de la compensación fija del Reglamento 261/2004.

Estos perjuicios pueden requerir:

  • Una reclamación por daños adicionales.
  • Aplicar el Convenio de Montreal.
  • Utilizar un seguro de viaje.
  • Acudir a consumo o a los tribunales.
  • Reclamar al organizador cuando se trate de un viaje combinado.

Debes demostrar el daño, su cuantía y su relación directa con la incidencia. Evita contabilizar dos veces el mismo perjuicio o reclamar cantidades que ya hayan sido reembolsadas por un seguro.


Casos prácticos de indemnización por vuelo

Caso 1: Madrid–París con más de tres horas de retraso

  • Distancia: menos de 1.500 kilómetros.
  • Retraso en destino: 3 horas y 25 minutos.
  • Causa: problema de planificación de tripulación.
  • Compensación posible: 250 euros por pasajero.

Además, si la espera superó el umbral de asistencia y la compañía no proporcionó comida o bebida, pueden reclamarse los gastos razonables debidamente justificados.

Caso 2: Madrid–Nueva York cancelado el mismo día

  • Distancia: más de 3.500 kilómetros.
  • Preaviso: el mismo día.
  • Causa: avería técnica ordinaria.
  • Alternativa: llegada al día siguiente.
  • Compensación posible: 600 euros por pasajero.

También corresponde elegir entre reembolso y transporte alternativo, además de atención durante la espera.

Caso 3: cancelación por una tormenta extrema

  • Vuelo: Barcelona–Ámsterdam.
  • Causa: cierre temporal del aeropuerto por condiciones meteorológicas incompatibles con la operación.
  • Compensación fija: puede no corresponder.
  • Otros derechos: transporte alternativo o reembolso, comida, bebida y alojamiento cuando resulte necesario.

Caso 4: conexión perdida dentro de una misma reserva

  • Itinerario: Madrid–Fráncfort–Tokio.
  • Retraso del primer vuelo: 100 minutos.
  • Retraso en Tokio: siete horas.
  • Causa: problema operativo de la aerolínea.
  • Compensación posible: hasta 600 euros por pasajero.

Caso 5: cancelación comunicada veinte días antes

  • Vuelo: Madrid–Roma.
  • Preaviso: veinte días.
  • Compensación fija: normalmente no corresponde.
  • Derechos: elegir entre reembolso y transporte alternativo.

Caso 6: vuelo comprado con Avios

  • Vuelo: Madrid–Londres.
  • Forma de pago: Avios más tasas.
  • Retraso: cuatro horas.
  • Causa: falta de tripulación.
  • Compensación posible: 250 euros por pasajero.

La compensación puede abonarse en dinero. La compañía no debería limitarse a devolver los Avios como sustitución de la compensación legal, aunque sí deberá gestionar separadamente el reembolso del billete premio cuando corresponda.

Caso 7: dos billetes separados

  • Primer billete: Madrid–Londres.
  • Segundo billete: Londres–Nueva York.
  • Consecuencia: pierdes el segundo vuelo.

La primera compañía puede responder por los derechos correspondientes a su propio retraso, pero normalmente no tendrá que asumir las consecuencias del segundo contrato independiente.


Preguntas frecuentes sobre indemnizaciones por vuelos

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un vuelo retrasado en España?

En España, la reclamación previa ante la aerolínea puede presentarse hasta cinco años después del incidente. No obstante, conviene reclamar cuanto antes para conservar pruebas y facilitar la tramitación.

Si posteriormente deseas acudir al procedimiento de AESA, debes hacerlo dentro del año siguiente a la reclamación previa presentada ante la compañía. Si tu reclamación se basa exclusivamente en el Convenio de Montreal (por ejemplo, vuelos internacionales fuera del ámbito del Reglamento CE 261/2004), el plazo se reduce a dos años desde la fecha de llegada del vuelo.

¿Cuántas horas debe retrasarse un vuelo para recibir una indemnización?

Como regla general, debes llegar al destino final con tres horas o más de retraso. Además, el vuelo debe estar cubierto por la normativa y la causa no debe ser una circunstancia extraordinaria inevitable.

¿El retraso se calcula desde el despegue o desde la llegada?

Se calcula según la llegada al destino final. La referencia es el momento en el que se abre al menos una puerta del avión y los pasajeros pueden comenzar a desembarcar.

¿Cuánto corresponde por tres horas de retraso?

La cantidad depende de la distancia: 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros; 400 euros para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros; y 600 euros para los restantes vuelos de más de 3.500 kilómetros.

¿La indemnización depende del precio del billete?

No. La compensación fija se determina principalmente por la distancia y no por el precio pagado.

¿Puedo reclamar un vuelo comprado con Avios o millas?

Sí, cuando el billete procede de un programa de fidelización disponible para el público y se cumplen los demás requisitos.

¿Puedo reclamar si viajaba por trabajo?

Sí. El derecho corresponde normalmente al pasajero afectado, aunque la empresa haya pagado el billete. Debe comprobarse si existe un acuerdo laboral o una política interna sobre quién gestiona determinados reembolsos.

¿Los niños tienen derecho a indemnización?

Sí, cuando disponían de una reserva válida y ocupaban una plaza. Los bebés que viajan gratuitamente sin asiento propio pueden encontrarse en una situación diferente.

¿La aerolínea puede pagarme con un bono?

Puede ofrecerlo, pero no estás obligado a aceptarlo. Puedes solicitar el pago monetario de la compensación.

¿Puedo aceptar el vuelo alternativo y reclamar igualmente?

Sí. Aceptar un transporte alternativo no elimina automáticamente la compensación. Sin embargo, el importe puede reducirse un 50 % si llegas dentro de ciertos límites horarios.

¿Qué ocurre si la aerolínea me devuelve el billete?

El reembolso del billete y la compensación son derechos distintos. En una cancelación, recibir el reembolso no elimina necesariamente la compensación cuando se cumplen sus requisitos.

En un retraso de cinco horas o más, si decides no viajar y solicitas el reembolso, normalmente no podrás reclamar después una compensación por retraso en la llegada, ya que no llegaste al destino final.

¿Tengo derecho a comida con dos horas de retraso?

En vuelos de hasta 1.500 kilómetros, el derecho de atención puede comenzar desde las dos horas. Para vuelos más largos, los umbrales son de tres o cuatro horas.

¿Puedo reclamar si el retraso fue por mal tiempo?

Puede que no corresponda la compensación económica si las condiciones eran extraordinarias e inevitables. No obstante, continúan aplicándose los derechos de atención, reembolso o transporte alternativo.

¿Una avería técnica es una circunstancia extraordinaria?

Las averías vinculadas al mantenimiento y funcionamiento normal del avión generalmente no se consideran extraordinarias. Pueden existir excepciones, como defectos ocultos de fabricación o daños externos.

¿Se puede reclamar por una huelga?

Depende de quién convoque la huelga. Una huelga externa puede ser extraordinaria, mientras que una huelga del personal propio de la aerolínea no queda automáticamente exenta.

¿Qué pasa si pierdo una conexión?

Si todos los vuelos estaban incluidos en una misma reserva, puede corresponder compensación cuando llegas al destino final con al menos tres horas de retraso.

¿Puedo reclamar si compré los vuelos por separado?

Cada billete suele considerarse un contrato independiente. La protección por pérdida de conexión es mucho más limitada.

¿Quién paga la indemnización en un código compartido?

La reclamación se dirige normalmente contra la aerolínea que operaba o debía operar el vuelo. Busca en la reserva la indicación “operado por”.

¿Qué pasa si la aerolínea no responde?

Si ha transcurrido un mes desde la reclamación previa, puedes acudir a AESA o al organismo competente, siempre que el caso se encuentre dentro de su ámbito.

¿AESA cobra por presentar una reclamación?

No. El procedimiento de resolución alternativa de AESA es gratuito para el pasajero.

¿La decisión de AESA obliga a la aerolínea?

Sí, en el procedimiento aplicable a vuelos posteriores al 2 de junio de 2023. La decisión es vinculante para la compañía, aunque no para el pasajero.

¿Puedo reclamar equipaje perdido ante AESA?

No mediante el procedimiento del Reglamento 261/2004. Los problemas de equipaje siguen otras reglas y vías de reclamación.

¿Puedo reclamar una noche de hotel que perdí en el destino?

No como gasto de asistencia ante AESA. Puede tratarse de un daño adicional que deba reclamarse mediante otras vías.

¿Necesito abogado para reclamar?

No para reclamar a la aerolínea ni para presentar el caso ante AESA. En la vía judicial dependerá del procedimiento y de la cuantía.

¿Puedo reclamar aunque ya haya pasado un año?

La reclamación inicial ante la aerolínea puede seguir siendo posible dentro del plazo de cinco años aplicable en España. Sin embargo, si ya pasó más de un año desde esa reclamación previa, puedes perder la posibilidad de utilizar el procedimiento de AESA.

Conclusión: reclama tus derechos sin renunciar a tu dinero

Un retraso o una cancelación no siempre genera una compensación, pero tampoco debes aceptar automáticamente que la aerolínea rechace tu reclamación con una explicación genérica.

Puedes tener derecho a recibir entre 250 y 600 euros por pasajero cuando:

  • Llegas al destino final con tres horas o más de retraso.
  • El vuelo se cancela con menos de catorce días de antelación.
  • Se te deniega injustificadamente el embarque.
  • Pierdes una conexión incluida en una misma reserva y llegas con un gran retraso.
  • La incidencia es responsabilidad de la aerolínea.

Además de la compensación, recuerda que puedes tener derecho a:

  • Comida y bebida.
  • Hotel y traslados.
  • Reembolso del billete.
  • Transporte alternativo.
  • Recuperación de gastos razonables.

Para proteger tus derechos:

  1. Conserva la reserva y la tarjeta de embarque.
  2. Documenta el retraso y la causa comunicada.
  3. Guarda todas las facturas.
  4. Reclama primero a la aerolínea operadora.
  5. Exige una respuesta concreta y motivada.
  6. Acude a AESA cuando resulte competente.
  7. Valora la vía judicial o la asistencia profesional en casos complejos.

Presentar la reclamación por tu cuenta te permite conservar íntegramente la cantidad reconocida. Una agencia puede ser una alternativa útil cuando no deseas gestionar el procedimiento o necesitas apoyo adicional, pero revisa siempre sus comisiones y condiciones.

Guarda esta guía antes de tu próximo vuelo

Los documentos y pruebas se obtienen más fácilmente mientras estás en el aeropuerto. Guarda este artículo en favoritos y recuerda conservar la tarjeta de embarque, fotografiar los paneles y solicitar por escrito la causa de cualquier incidencia.

Otros recursos para organizar tu viaje

Fuentes oficiales y fecha de actualización

Esta guía ha sido elaborada a partir del Reglamento (CE) n.º 261/2004, las orientaciones de la Comisión Europea y la información publicada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Última revisión: agosto de 2026.

Posible reforma de la normativa europea

Las instituciones europeas trabajan en una reforma de los derechos de los pasajeros aéreos. Hasta que las nuevas reglas sean formalmente aprobadas, publicadas y aplicables, las reclamaciones deben analizarse conforme a la normativa vigente en la fecha del vuelo. Revisa esta guía y las fuentes oficiales antes de presentar una reclamación.

Aviso: este contenido tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado. Los derechos pueden variar según la ruta, la fecha, la aerolínea, la causa de la incidencia y las circunstancias particulares del pasajero.

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16 comentarios

  1. En el caso que el retraso sea de más de 4 horas, con aerolina europea, en el vuelo de vuelta de Latinoamérica a España para volver a mi domicilio, correspondería indemnización, verdad??. Gracias

  2. Hola!!

    En caso de retraso de FERRY de más de 4 horas ¿corresponde el reembolso del importe total del billete abonado o sólo una indemnización? En el Reglamento UE nº 1177/2010 yo interpreto que si el retraso es superior a 90 minutos la naviera debe reembolsar el importe total del billete aunque el barco haya realizado finalmente el viaje con retraso. ¿Es así?

    1. Hola Arantxa, la verdad es que desconozco si aplica la mimsa a todos los medios de transporte.
      Dejo tu consulta aquí por si alguien con mayor conocimiento en el tema ferries puede ayudarte.

  3. Hola Hernan,

    Una consulta, esto es aparte de lo que ofrezca la aerolinea por la demora y la espera que se genere? En una oportundiad volviendo de BCN via GRU, demoraron 4 hs la salida desde BCN lo que hizo que perdamos la conexión y lleguemos un día mas tarde al destino final. Obviamente nos pusieron hotel y comidas para pasar la noche en Sao Paulo… pero igual pedi compensación y termine negociando un credito con ellos por 600 U$S total (ahora leyendo esto me doy cuenta que me quedé corto… eramos 4 pasajeros). En ese caso hubera correspondido 600 por 4? Es una compensación en efectivo? (No fue fuerza mayor)

    1. Correcto. Una cosa son los costos de comida y hospedaje y otra la compensación que debe darte la aerolínea.
      En tu caso deberían haber sido 600€ por pasajero.

      1. … tarde en ver la respuesta. Por eso se preocupan en ofrecer menos y que les firmes la aceptacion? Si acepte menos y firme ya nada que reclamar??

  4. Año pasado. Me cancelan vuelo MAD- EZE.
    Nos dan vuelo al día siguiente, pero sin compensación. Avise a asistencia al viajero.
    Gastos de hotel y cena fueron cubiertos por esta última. En el aeropuerto había un agente de Reclamaciones x vuelo. Similar a Airhelp.
    Como has dicho, se quedan con un porcentaje. Pero fueron 8 meses de reuniones con la aerolínea y finalmente instancia judicial. Yo no hice nada.
    No me costó ni un centavo y me llegó correo con la información que se nos pagaba 600 euros por persona (2400 porque éramos 4), menos los costes de Reclamaciones por vuelo.
    Cuando tuve los Euros en cuenta no lo podía creer.

    1. Exacto. Cuando se pone muy cuesta arriba el reclamo a la aerolínea hay que tirar directamente por Air Help. Tarda, pero resuelven!

  5. hola Hernan querido:
    me paso con BA en agosto de este año .hicieron overbookin con mi vuelo a AMS
    y sali en el proximo vuelo. yo no pedi nada pero a los tres dias me llego un email ofreciendo un compensacion de 220 libras esterlinas, le pase todos mis datos pero todavia no tengo la compensacion impactada , veremos como se resuelve.
    saludos desde la Docta

    1. Hola! Son procesos largos pero el mail ofreciéndote la compensación es un documento que te avala. Muy bien por parte de BA

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