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España Abre sus Fronteras al Mundo a Partir de el Lunes 7 de Junio

Hoy finalmente se oficializó lo que les adelanté hace dos semanas y a partir de este lunes 7 de Junio España abre sus fronteras al mundo.

Por supuesto con ciertos requisitos, pero más flexibles de lo que yo esperaba.

¿Quiénes pueden entrar en España?

  • Ciudadanos europeos, desde cualquier punto de origen.
  • Residentes en cualquier país de la Unión Europea, estados Schengen, Andorra, Mónaco, el Vaticano y San Marino, pero siempre que se dirijan al país en el que viven, vengan de donde vengan.
  • Personas que lleguen desde Australia, Nueva Zelanda, Singapur, Ruanda, Corea del Sur, Tailandia, China, Israel, Reino Unido y Japón.
  • Para quienes lleguen del resto de países del mundo (excepto desde Brasil, Sudáfrica e India, que solo se permite en caso de ciudadanos o residentes en España o Andorra):
    • Personas vacunadas (con pauta completa finalizada al menos 14 días antes del viaje).
    • Titulares de un visado de larga duración de un país Schengen, siempre que se dirijan a ese país. También estudiantes con visado que vayan a esos países, siempre que entren durante el curso o los 15 días previos. Si el viaje es por menos de 90 días, debe tratarse de un curso oficial.
    • Profesionales de la salud (incluye a investigadores y personas dedicadas al cuidado de mayores) que se dirijan o regresen a su lugar de trabajo.
    • Personal de transporte de mercancías y tripulantes de buques y personal de vuelo.
    • Personal diplomático, de organizaciones internacionales y militares, e organizaciones humanitarias, pero siempre durante su trabajo.
    • Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluidos deportistas.
    • Por motivos familiares imperativos o de fuerza mayor o necesidad.

 


Documentación a presentar:

A partir de ahora, quienes lleguen de esas zonas de riesgo (también por tierra) tendrán tres opciones, a elegir: presentar un certificado de vacunación, un certificado de recuperación (haber pasado la enfermedad) o una prueba negativa del virus.

Esta obligación no afecta a los menores de seis años que les acompañen, para los que bastará el formulario de control sanitario general.

Por tanto, ya no es obligatorio que vacunados o recuperados presenten PCR negativa, sino apenas un certificado de vacunación o recuperación.

Además, ahora sí se aceptan los tests de antígenos, aunque al mismo tiempo la prueba debe realizarse 48hs antes de llegar, y no 72hs como hasta ahora.

Si la persona está vacunada, deberá aportar un certificado que incluya la fecha de las dosis (la pauta completa debe haber terminada como mínimo 14 días antes), el organismo que vacunó, los datos personales y el tipo de vacuna, ya que solo se admitirán aquellos inmunizados con las aprobadas por la EMA o la OMS.

De momento las vacunas autorizadas son:

  • Pfizer/BioNTech
  • AstraZenaca/Oxford (SKBio y Serum incluídas)
  • Janssen
  • Moderna
  • Sinopharm
  • Sinovac-Coronavac

 

La tercera opción, el certificado de recuperación, servirá para acreditar que se ha pasado la enfermedad.

Deberá estar firmado por una autoridad o servicio médico y se aceptará solo cuando incluya que dio positivo en una prueba PCR o similar al menos 11 días antes del viaje y hasta 180 días.

Todo viajero deberá volcar su información en la aplicación SpTH o en la web de Spain Travel Health, allí se generará un código QR concentrando toda su información que deberá presentar en su ingreso a España.


Países desde donde NO se exije ningún tipo de certificado:

Australia, China, Corea del Sur, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Reino Unido, Ruanda, Singapur y Tailandia.

Les dejo el Boletín Oficial del Estado para que lean en detalle las nuevas normativas.

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20 comentarios

  1. Atención a viajeros, esta norma puede cambiar a medio plazo…es decir, podemos comprar un billete para volar a España para enero del año que viene y encontrarnos que los requisitos específicos planteados a fecha 4 de junio hayan sido modificados . Conviene ser cautos porque podría darse el caso de petición de prueba a los ya vacunados. No tengo una bola de cristal para adivinar el futuro, pero tenemos que pensar que toda normativa puede cambiar, con el prejuicio económico que conlleve (pagar una PCR no prevista, por ejemplo).

  2. Alemania incrementa con restricciones muy severas los viajes procedentes de Reino Unido debido a las variantes víricas allí presentes, y España no pide ningún tipo de certificado ni prueba?
    Qué barbaridad!!!
    Parece que alguien ha tomado la decisión con el fin de salvar el periodo turístico…. veremos las consecuencias.

    1. Esto, con otrros matices, se intentó el año pasado y no salió bien.
      Estimo que entiende Sanidad que las variantes presentes en UK no representan un riesgo particular contra las vacunas aplicadas aquí. Veremos.

    2. La Comisión Europea sei ha llamado la atención a España por no pedir al Reino Unido la realización de una prueba de diagnóstico para entrar. La UE entiende que por coherencia con las medidas propuestas en común (no por riesgo de variante desconocida), todo tercer país (UK ya lo es tras ergo brexit) que ingrese en suelo europeo debe presentar prueba. Si lo hace con intención de fomentar el turismo británico es bastante cutre ya que actualmente para regresar un británico a su país desde España debe hacer cuarentena obligatoria (en su casa) y realizarse varias PCR (pagado de su bolsillo). Yo no creo que bajemos en algún momento a la lista de países en color verde para los británicos, o sí bajamos, no tardaremos en subir al actual ámbar (con la inseguridad que genera para planificar)…eso le ha pasado a Portugal…

  3. Hola Hernán, cuanto más leo al respecto más me confundo. Ayer en todos los blogs de viajes de Argentina en los comentarios cada uno tenía una interpretación. En nuestro caso tenemos pasaje a España para mediados de Julio, no tenemos pasaporte comunitario ni vacuna, solo mi hija se recuperó del covid hace 2 meses y cumple 18 años este mes. No hay chance en nuestro caso de entrar solo con pcr, no? Gracias por tu ayuda. Saludos.

      1. Gracias Hernan y otra de las dudas que quedaban es cuando habla del certificado de vacunación del pais de origen. Suponete que me voy a USA y me aplico la vacuna de una dosis de J&J, la tomarian como valida o por ser aplicada en otro país que no es el de origen puedo tener algun problema? Gracias!

        1. «Se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos por las
          autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha
          de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa. » Yo creo que esta bien redactado, ya que aunque se haya hecho turismo para irse a vacunar a otro país, debería comunicarse a tu médico de familia/centro de salud/ ministerio que hemos sido vacunados aportando la documentación que nos han dado. Hacemos lo mismo cuando somos atendidos en la sanidad privada y necesitamos ser atendidos de forma puntual en la pública, emitir una baja laboral, etc…

          1. Es posible que tenga que ver con eso, porque en definitiva lo que te entregan al vacunarte mayormente no es un certificado, sino un cartón pintado.

            1. Si cuando te han vacunado en el extranjero te dan un cartón pintado, entonces hay un problema, porque a efectos de tu país de residencia, no estás vacunado.

  4. Creo que es el que la interpretación más clara del Boe.

    Cuarta ola ya te siento!
    Igual me alegra que abran porque tengo unas ganas de irme a España desde que salí de España. Miedito que metan a Argentina en la lista negra. Prendamos velas.

  5. No había otra más que abrir para generar ingresos, a parte la campaña de vacunación va muy bien, casi toda mi familia está ya vacunada, van muy rápido, y eso es muy bueno, va a parar en seco las muertes y podremos hacer vida normal poco a poco..

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